jueves, 23 de mayo de 2019

Clase 5 - Nace la Escuela. La Ley 1.420



Nace la Escuela. La Ley 1.420


La organización del sistema educativo nacional

En la constitución de 1853 se estableció que las provincias debían asegurar la educación primaria, que el congreso debía dictar planes de instrucción general y universitaria. Lo cual llevo a discusiones por su ambigüedad misma. 
No fue hasta julio de 1884 que se aprueba la Ley Nº 1.420 que se habla de todo un sistema educativo. Sus características principales son: educación universal, mixta, común, graduada, gratuita, obligatoria, de 6 a 14 años y neutra en cuanto a enseñanza religiosa. Determinaba los grados y contenidos de la enseñanza, sistemas de control y supervisión, censo y estadística, sanidad escolar, administración y fondo educativo. Vale aclarar que su alcance es Nacional dependiendo del poder central, pero inhibido jurídicamente para actuar en provincias.
Un largo camino fue recorrido hasta ese punto y fueron algunos factores los determinantes de su instrumentalización. Destacando la importancia de generar una Unidad Nacional. Pasando a convertirse la educación en un problema de estado, que este debía resolverse con una política de estado.
 El país no era anexo al lugar que le había tocado a América latina en la división internacional del trabajo, importar manufacturas y exportar materia prima, carnes, cueros, granos. Pero esta producción requería de numerosas personas que argentina tenia, pero que no eran las deseadas. Aquí entra en juego la visión cultural, social y política que las elites desarrollaron sobre las poblaciones nativas: “barbarie, indolencia y holgazanería”. Incorporarlas al proyecto suponía un costo muy grande (esfuerzo largo y costoso, asignación de tierras). La solución (inmediata, barata, eficaz y de alto rendimiento) la vieron en la inmigración europea y de estados unidos ellos traerían no sólo las nuevas costumbres democráticas y liberales, sino las técnicas de trabajo y producción que aquí no se conocían.
Las masas de extranjeros de primera y segunda generación y distintos orígenes planteaban un problema de asimilación y contención, tanto social como política, marginándose así de la vida cultural y política, al no sentirse pertenecientes. A esto sumamos la población nativa que tenían sus “rasgos culturales insatisfactorios” para las elites, por lo que debían ser reculturizados. Es acá donde entra el papel de la educación, institucionalizada en un Sistema Único Nacional, como un trabajo de aculturación, destinada a obtener consenso, justificación y legitimidad sobre la organización propuesta y su implícita distribución de autoridad.
Uno de los mayores puntos de conflicto era la garantía constitucional de la libertad de culto, así como de la libertad de enseñar y aprender. La iglesia consideraba que era su derecho ejercer el monopolio pedagógico y religioso. Su palabra pedagógica representaba la civilización, la moral, la verdad y el orden social.  Veían como amenaza al Normalismo laicista, en su versión positivista como espiritualista. En el Congreso Pedagógico de 1982 pese a perder en la implementación de una ley de aplicación obligatoria a nivel nacional, logro que solo se impusiera en capital y los territorios nacionales, quedando abierta su participación directa en las provincias. Esto no limito su presencia solo al ámbito privado, ya que se manifestó en la escuela pública en discursos, simbolismos, y otras formas bastante indirectas y no tanto.
El estatismo centralizador y laico que triunfo, lo hizo sobre posiciones conservadoras y posiciones mas democráticas: la escuela seria neutral para dar cabida a todos los habitantes en esa época de inmigración, pero el Estado Nacional se proponía mantenerla bajo un férreo control. En 1884 se aprobó la ya mencionada ley 1.420, la cual demostró la escasa comprensión de la enseñanza media como un nivel integral denotado en la falta de legislación específica. 
En 1905 se sanción la Ley Lainez, que autorizaba a la Nación a instalar escuelas de su jurisdicción en las provincias que así lo solicitaran. Quedando entre 1875 y 1905 organizada legalmente el sistema educativo argentino. 



Especial: Ley 1420, el derecho a la educación común

Canal Encuentro


jueves, 9 de mayo de 2019

Clase 3 - Simon Rodriguez



¿Cómo seria nuestra escuela si el proyecto de Simón Rodríguez hubiese triunfado?

De haberse podido implementar el proyecto de Simón Rodríguez, hoy ya habrían pasado más de 150 años desde entonces. Sus ideales ya estarían bien asentados y serian nuevas las propuestas superadoras y las interrogantes para la educación que nos estaríamos planteando.
Su propuesta política-económica habría permitido que América latina se solidifique económicamente a largo plazo, no dependiendo de capitales extranjeros, y permitiéndonos explotar nuestras tierras para beneficio propio, y no para que lucren unos pocos, inclusive que la producción se vaya afuera. Para que esto sea posible se tendría que haber desarrollado una identidad fuerte de pertenencia y solidaridad entre sus habitantes. Permitiendo que apuntemos a fines comunes, ya que estos serian beneficiosos para todos y no para un grupo hegemónico.
Es importante los elementos claves que articulan su propuesta pedagógico educativa, y como se articulan entre si permitiendo que, de arrancar este sistema, vaya creando algo cada vez mas grande y fuerte. Por un lado, la inclusión y la igualdad, no solo desde varios sectores considerados marginales o inferiores, sino de mujeres también. Para que relacionen desde chicos y aprendan a tratarse con respeto entre ellos. El respeto no solo era del otro como individuo, sino cultural también.  Esto llevado a mayor escala habría permitido otra sociedad actualmente. Hasta podría haber evitado muchos conflictos bélicos que se sucedieron.
Esta unidad permitiría de manera a más efectiva el desarrollo de esta idea político-económica, sino también el cuidado de nosotros como hermanos respecto de las posibles amenazas exteriores (entendiéndose como capitales extranjeros entre otros), una mejor redistribución de las riquezas
El interaprendizaje, el coaprendizaje y esta pedagogía de la pregunta nos habría llevado a tener sujetos críticos, que pudieran pensar por ellos mismos que quieren para su futuro, y no permitir que otros piensen y elijan por ellos.  Esta sujeto critico en un contexto donde se viene desarrollando los conceptos de igualdad, respeto por el otro y las culturas diferentes, seria un sujeto que velaría por el bien social, de todos, no de unos pocos, estaría insertado en una sociedad que vendría mamando de estos conceptos hace tiempo, y comprendería que no solo es él, sino un Todos, buscaría respuestas y trataría de resolver los problemas presentes y futuros en pos de un bien mayor para todos.

viernes, 3 de mayo de 2019


Que paso en la educación Argentina.
Breve historia desde la conquista hasta el presente

(Puiggros Adriana; Editorial Galerna. Buenos Aires. 2003)



Cultura y Educación en la Colonia

Desde principios de la conquista hasta la independencia se pueden vislumbrar tres grandes etapas en lo relativo a la educación.
1-Desde el arribo de los colonizadores hasta el Concilio de Trento (1545)
Teniendo como eje la educación mediante cedula real se ordena la construcción de casa donde los sacerdotes pueden enseñar a leer y escribir y la doctrina cristiana.
Las órdenes religiosas encaraban una tarea inédita: proporcionar una educación masiva y homogeneizadora, que resulto ser la experiencia precursora del sistema educativo moderno.

2-Desdse el Concilio de Trento (1545) hasta la expulsión de los jesuitas (1767).
Esta segunda etapa estuvo marcada por la decisión de imponer la doctrina cristiana a gran escala, a la vez que lograr la domesticación de los indios como mano de obra.
En 1572 mediante cedula real se estableció que los gobernadores debían nombrar maestros en todos los pueblos de su jurisdicción.
Los únicos establecimientos que proporcionaban educación publica fueron los ayuntamientos. Las escuelas para el pueblo enseñaban las primeras letras y evangelizaban, en tanto las universidades transmitían los saberes cultos.  En las universidades se formaban los dirigentes políticos y religiosos.

3-Desde la expulsión de los jesuitas (1767) hasta la independencia.
Los borbones (asumen al reinado desde el 1700) temían una sublevación en Hispanoamérica, realizaron una serie de reformas en la estructura política colonial.
Con las reformas las escuelas elementales sufrieron cambios, se multiplicaron distintos tipos de establecimientos, aunque solamente para varones. Las instituciones educativas estaban constituidas por Escuelas pías (gratuitas y elementales, dependientes de las parroquias, dirigida a la población indígena y mestiza ), Escuelas de los conventos (una enseñanza más avanzada que los preparaba para ingresar a la universidad), Escuelas de los ayuntamientos (dirigida a la población pobre de los poblados y ayuntamientos), Escuelas del rey (antiguas escuelas de los jesuitas, que ahora eran costeadas por los cabildos y los padres), Escuelas particulares y Universidades
La educación había seguido un desarrollo desigual entre las regiones y sectores sociales, étnicos culturales y lingüísticos. La expulsión de los jesuitas (1767) había dejado un vacío de educadores. La población indígena rara vez combinaba su forma tradicional de educar con la que aplicaban los clérigos y maestros laicos.


La formación del sujeto independiente

A fines del siglo XVIII Los Hispanoamericanos habían comenzado a visualizarse como sujetos independientes. El virreinato se venia abajo. En Latinoamérica muchos concebían la independencia de España, pero no aceptaban el desafío de construir una nueva sociedad por caminos autónomos.
Belgrano, durante su campaña militar se le encomendó la creación de cuatro escuelas, para las cuales redacto un Reglamento para las Escuelas del Norte. En este se determinaba que los establecimientos debían ser estatales y administrados por los ayuntamientos, y en su entrada debía fijarse las armas de la soberana Asamblea Nacional Constituyente de 1813 (de enorme significado, ya que separaba a las escuelas del naciente Estado, de las parroquiales). Belgrano entendía que la educación pública era condición para tener una sociedad independiente, así que dejo claro en el reglamento que en la enseñanza el espíritu nacional prevalecería sobre lo extranjero. También se detallaban calendario y horarios, actividades, contenidos y días de asueto. Se limitaba el autoritarismo pedagógico colonial. El modelo disciplinario era mas avanzado que el colonial. Este documento marca una transición entre la modalidad educativa colonial, con su valores y rituales, y una educación independiente y progresista.
Durante la primera mitad el siglo XIX se puede distinguir las siguientes corrientes pedagógicas liberales:
*Una pedagogía liberal radicalizada: sostenía la educación del pueblo como base de un sistema educativo progresista para naciones libres. Esa pedagogía era antirracista, democrática en los métodos de enseñanza y disciplina e inclinada hacia el laicismo y el anticlericalismo.
*Una educación federalista popular con elementos liberales: Quisieron desarrollar una educación moderna apoyándose en la participación de la sociedad civil en la cultura de los pueblos. Imaginaban una pedagogía federalista popular que adoptara el sistema educativo liberal moderno.
*La pedagogía de la generación liberal de 1837: partía de la exclusión de los indios y la descalificación de toda expresión cultural popular. Rechazaba la herencia hispánica y propugnaba la europeización de la cultura y la adopción del modelo educativo norteamericano. Al mismo tiempo proponía un sistema de educación publica escolarizado que abarcaba a toda la población y que se fundaba en los criterios pedagógicos más democráticos de la época.
*La pedagogía liberal oligárquica: Querían modernizar el sistema, importando la estructura y la ideología mas elitista de la experiencia educativa francesa.
*La pedagogía tradicionalista colonial antiindependentista: defendía la educación colonial-clerical y rechazaba la educación de los indios y los mestizos.
El culto católico se combinó con el culto a los símbolos de la patria. La estructura del vínculo pedagógico siguió el modelo de la evangelización, se les exigía plena fe a lo enseñado en la escuela, y se descalificaba los conocimientos adquiridos fuera de ella, sin explicación alguna.
En 1813 la Asamblea Constituyente abole los castigos corporales en establecimientos educativos
En los principios de la independencia la concepción democrática y popular se encuentra aceptada, pero no todos aprueban la modernización educativa. Los tradicionalistas sostenían la estructura educativa colonial y los liberales adoptaron la idea de construir un sistema educativo estatal. Pero comenzaron a diferenciar entre las creencias religiosas y la adhesión al poder de esta que le otorgaba primacía sobre el Estado. Para eso desarrollaron la instrucción pública, e implementaron la obligatoriedad y gratuidad.
En síntesis, teníamos a los caudillos progresistas, quienes combinaron federalismo, primacía de del Estado, religiosidad y participación popular, otorgando poder a las juntas protectoras y adoptando métodos modernos, contenidos científico, y ciertas dos de libertad ideológica. Por otra parte, los caudillos conservadores pretendían quitar al Estado la responsabilidad en el financiamiento, otorgar el papel de policía al gobierno en materia ideológica, restar poder a las juntas e incluir contenidos conservadores católicos y métodos tradicionales.

El gobernador de Santa Fe en 1818 Estanislao López sostenía que era necesario que la educación fuera gratuita para la gente de escasos recursos, que el Cabildo estableciera un sistema de becas y que los padres fueran obligados a mandar a sus hijos a la escuela. He ahí un antecedente de la ley 1.420.
López fue avanzado al concebir la Instrucción como un problema de orden público, diferenciada de las cuestiones eclesiásticas y de la educación familiar.
En 1821 dicto una reglamentación en la que recomendaba puntualidad en el pago de los salarios docentes, establecía una inspección de la obligatoriedad escolar, otorgaba al regidor (trabajador publico) de policía la función de inspección del funcionamiento de las escuelas. El ayuntamiento debía hacer estadísticas y repartir útiles escolares, cartillas y cantones. Los contenidos también fueron materia del interés estatal.
Las juntas protectoras de Escuelas apoyaban la labor de las escuelas y difundían la educación moderna. Los vecinos mas destacados de las poblaciones del interior eran convocados a hacerse responsables de la recaudación de impuestos para el sostenimiento, la administración de los fondos y la atención a los niños pobres.
Una de las experiencias mas avanzadas fue la del gobernador de Córdoba Juan Bautista Bustos, que en 1822 creo una Junta Protectora de Escuelas que consiguió que los jueces y curas obligaran a los vecinos a invertir en la construcción de nuevas escuelas ciento cincuenta pesos cada uno. También Bustos impuso un impuesto para la educación. Con estos creo un fondo permanente para el mismo rubro, lo cual fue otra medida precursora de la ley 1.420: fondo permanente escolar, con rendición y publicidad de los gastos realizados.
El modelo más avanzado fue durante la gobernación de Justo José de Urquiza que consolido el sistema de educación publico entrerriano. Impulso la educación primaria publica y privada y la formación de comisiones inspectoras y comisiones protectoras de las escuelas en toda la provincia. Estuvieron encargados de controlar el funcionamiento de la obligatoriedad escolar y de los establecimientos y de recaudar fondos para construir edificios y solventar la educación de los pobres. Respetaba las inclinaciones naturales del niño, eliminaba los castigos corporales y establecía requisitos que apuntaban a un perfil marcadamente profesional del maestro. Describía los registros escolares, fijaba la edad de escolaridad obligatoria, establecía la duración de las jornadas escolares haciendo de este la organización de un sistema moderno
Definía como función de la escuela la de moderar el carácter futuro del hombre. Abolía los premios. Establecía las condiciones para la designación y las obligaciones de los docentes, que debían ser católicos, tener buenas costumbres y carácter e instrucción suficiente.